Validación del programa RGPD de Infor

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Resumen de conclusiones sobre la validación independiente de la gestión del programa de privacidad RGPD por parte de TRUSTe LLC

Fecha de vencimiento: 19 de julio de 2025

Alcance

TRUSTe LLC1 ha revisado el programa de privacidad global de Infor (la “Organización”) a fecha del 19 de julio de 2024 con respecto a los 40 requisitos de validación de la gestión del programa de privacidad RGPD (los “Requisitos de validación”), lo cual comprende la validación por parte de TrustArc del cumplimiento de la gestión del programa de privacidad RGPD. Una revisión de validación del programa de privacidad RGPD de la Organización implica una evaluación exhaustiva de las medidas a nivel de programa y de la evidencia de esas medidas para garantizar que el procesamiento de la información personal realizado por la Organización, o por un procesador de terceros en su nombre, se realice de conformidad con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la UE.

Limitaciones inherentes

Debido a su naturaleza y limitaciones inherentes, las medidas a nivel de programa de la Organización pueden no funcionar siempre de forma eficaz para cumplir los Requisitos de validación aplicables.

Además, nuestras conclusiones están sujetas al riesgo de que el programa de privacidad o cualquiera de sus componentes pueda cambiar, o bien de que las medidas a nivel de programa implementadas por la Organización puedan resultar ineficaces o fracasar.

Conclusiones

En nuestra opinión, en todos los aspectos pertinentes, en función de las descripciones y pruebas de apoyo sobre las medidas a nivel de programa identificadas en la evaluación de validación de RGPD por parte de Infor:

  • Con fecha del 19 de julio de 2024, se han implementado las medidas aplicables en el nivel de programa que se describen con más detalle en la carta de conclusiones y en el informe de validación de TRUSTe.
  • Las medidas descritas en la evaluación de validación de RGPD han sido diseñadas adecuadamente para proporcionar una seguridad razonable de que se cumplirían los requisitos de validación si las medidas a nivel de programa operaran de manera efectiva con fecha del 19 de julio de 2024.

Uso restringido

Este resumen2 de la carta de conclusiones y el informe que la acompaña están destinados al uso previsto por parte de Infor con fecha del 19 de julio de 2024.

  • La Organización puede utilizar este resumen proporcionado por TRUSTe hasta la fecha de vencimiento que se indica a continuación.
  • Este resumen vence el 19 de julio de 2025.

No está destinado a ser utilizado ni debe ser utilizado ni tomado como referencia por nadie que no sea la Organización y, según lo determine la Organización a su entero criterio, los clientes, contratistas y otras partes interesadas autorizadas de la Organización.


1TRUSTe LLC es una filial independiente de TrustArc Inc.

2Este resumen es únicamente una versión no oficial abreviada de la carta de conclusiones completa y del informe que la acompaña. Está destinado exclusivamente a que la Organización lo exhiba en su sitio web. No se permite ninguna modificación de este documento, ya que lo invalidaría..

Solo la carta de conclusiones y el informe completos representan la determinación oficial de TRUSTe.

Descargar la revisión por parte de TRUSTe sobre el cumplimiento de las prácticas de privacidad RGPD de Infor

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